Es imprescindible la seguridad privada en núcleos aislados de población, como en el caso de los polígonos industriales. La antigua Ley de Seguridad Privada ya preveía en esos casos, igual que en urbanizaciones, la posibilidad de vigilancia en dichas zonas públicas por parte de seguridad privada, previo informe favorable y autorizado por la Delegación del Gobierno pertinente.
La nueva normativa prevé dichas circunstancias y también las adapta a la situación actual, por lo que si no se ponen de acuerdo todos los empresarios y algún industrial quiere contratar un servicio de vigilancia, se prevén las rondas programadas.
Es un servicio efectivo y que abarata costes al empresario.
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